La SCJN consideró improcedentes los recursos promovidos por los ayuntamiento de Tijuana y Mexicali contra la ampliación de mandato en BC
CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones de 2019, integrada por los Ministros Yasmín Esquivel Mossa y Juan Luis González Alcántara Carrancá, acordó desechar por notoria improcedencia las controversias constitucionales presentadas, respectivamente, por los Municipios de Tijuana y Mexicali, promovidas en contra la llamada “Ley Bonilla”.
Mediante un comunicado, la SCJN informó que consideró improcedentes los recursos, 269/2019 y 271/2019, promovidos en contra de la dispensa de trámite aprobada por el Congreso del Estado, por no convocar a los Ayuntamientos referidos a la Comisión de Dictaminación respecto de la iniciativa de reforma al artículo octavo transitorio del Decreto 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California.
Con fundamento en lo previsto en los artículos 56 y 58 del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y atendiendo a la jurisprudencia que el Pleno de la Suprema de Justicia de la Nación ha establecido respecto de la procedencia de la controversia constitucional, se desecharon por notoria improcedencia al haber sido promovidas en contra de actos que no son definitivos por derivar de un procedimiento legislativo inconcluso, al no haberse publicado la norma general.
Lo anterior, no prejuzga la admisibilidad de medios de impugnación diversos, o eventuales, advierte al finalizar el comunicado.