Los trabajadores tienen derecho a que se les envíe a "resguardo domiciliario" si la actividad laboral no "es esencial", recibiendo los 30 días de salario íntegro
Los trabajadores tienen derecho a que se les envíe a "resguardo domiciliario" si la actividad laboral no "es esencial", recibiendo los 30 días de salario íntegro
Se mantendrán guardias permanentes en dependencias con operatividad esencial