Las personas físicas y morales, cuyos ingresos anuales no hayan superado los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente, podrán acceder a un beneficio marcado por la Ley, siempre que cumplan con los requisitos
Las personas físicas y morales, cuyos ingresos anuales no hayan superado los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente, podrán acceder a un beneficio marcado por la Ley, siempre que cumplan con los requisitos