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Pueden contribuyentes obtener saldo a favor automático

Contribuyentes Personas Físicas tienen la oportunidad de obtener una devolución a favor al presentar su Declaración Anual del ejercicio 2023, lo cual sería positivo como parte de sus obligaciones fiscales


Es importante cumplir con la Declaración Anual Personas Físicas en tiempo y forma para acceder al beneficio. Es importante cumplir con la Declaración Anual Personas Físicas en tiempo y forma para acceder al beneficio.

15 de abril de 2024

POR: Hiptex

TIJUANA.- Aquellas contribuyentes Personas Físicas tienen la oportunidad de obtener una devolución a favor al presentar su Declaración Anual del ejercicio 2023, lo cual sería positivo como parte de sus obligaciones fiscales. 
Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que este llamado lo hizo el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a las personas físicas que perciben ingresos por conceptos como honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento, y actividades empresariales o profesionales.
“Lo que el fisco federal hizo fue recordarles la posibilidad de deducir gastos médicos en su declaración anual, ya que esta medida, que permite disminuir los ingresos acumulables del ejercicio fiscal, podría resultar en una devolución para el contribuyente”, apuntó.
Entre los gastos médicos deducibles, dijo, se encuentran los honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales, gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Asimismo, honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis, compra o alquiler de aparatos para rehabilitación, lentes ópticos graduados, y primas por seguros de gastos médicos.
“Estas deducciones aplican tanto para el contribuyente como para sus familiares directos, siempre que estos últimos no hayan obtenido ingresos superiores al salario mínimo anual”, subrayó Pickett.
Para que los gastos sean deducibles, explicó, deben estar respaldados por facturas emitidas por profesionales titulados y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, o tarjeta de crédito, débito o servicios.
Además, se incluyen gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores al 50% de la capacidad normal, validados por certificado o constancia expedida por instituciones del Sistema Nacional de Salud.
“El SAT exhortó a los contribuyentes a consultar el Visor de deducciones personales disponible en su sitio web, herramienta que facilita la identificación y aplicación de estas deducciones en la declaración anual”, resaltó el abogado fiscalista.
Finalmente, Pickett Corona destacó que el plazo para presentar la Declaración Anual para el ejercicio 2023 de personas físicas es del 01 de abril al 30 del mismo mes de 2024, por lo que es recomendable cumplir con tiempo con esta obligación fiscal para que la devolución sea automática.


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