La propuesta de Morena se impuso a la del PAN, que pedía una ampliación de 5 meses, y la extensión se dio hasta el 1 de septiembre

CIUDAD DE MÉXICO.- A un día de que terminara el plazo, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó dar un mes más, y no cinco como buscaba la oposición, para que las empresas de subcontratación se pongan al corriente de los nuevos requerimientos de la ley laboral.

Con 373 votos a favor, 71 en contra y 2 abstenciones, la ampliación del esquema transitorio de la reforma de outsourcing que se publicó el 23 de abril pasado fue avalada en lo general en sesión extraordinaria semipresencial. Pasará ahora al Senado para ser votada y completar el trámite legislativo.

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), desde abril pasado, cuando entró en vigor la reforma de subcontratación, más de 2.3 millones de personas que trabajaban en ese esquema ya forman parte de las empresas a las cuales prestaban sus servicios.

Además, más de 70 mil empresas han iniciado su inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse). De ellas, 25 mil concluyeron el trámite.

La propuesta de extender el plazo un mes salió del Senado, con la firma del coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila. Esta semana el legislador presentó una iniciativa ante la Comisión Permanente para ampliar, del 1 de agosto al 1 de septiembre, la transición de las empresas de outsourcing.

Su proyecto se impuso al de la senadora Kenia López Rabadán, el cual alargaba el periodo hasta el 1 enero de 2022. Fue apoyado por su bancada, el PAN, también por el PRI y el sector empresarial; pero no por la mayoría en el Congreso con Morena, PT y Movimiento Ciudadano.

Prorrogar la fecha de vencimiento hasta el próximo año es “dilatar el cumplimiento de los derechos laborales de todos los trabajadores” que laboran para esas compañías, señaló en entrevista la diputada Anita Sánchez Castro (Morena), secretaria de la Comisión del Trabajo.

De acuerdo con el dictamen de las comisiones unidas del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda y Crédito Público, “ampliar el plazo hasta enero de 2022 iría en contra del espíritu del Decreto publicado el 23 de abril”. De hacerlo, “significaría dar cabida a continuar con las violaciones de derechos laborales que se mantuvieron por décadas y que se pretenden eliminar”.

En abril pasado, luego de varios años de intentos, el Congreso modificó las reglas para la subcontratación. Prohibió subcontratar personas, pero permitió tercerizar servicios y obras especializadas, siempre y cuando estos no sean el objeto principal de la empresa. Es decir, una panadería no puede subcontratar la función de hacer y hornear panes.

Este viernes, el pleno aprobó modificar los artículos transitorios del decreto de la reforma de abril. Con ello, cambia el plazo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Ley del Seguro Social (LSS) y la ley del Infonavit. También, en el Código Fiscal de la Federación, en las leyes del IVA y el ISR y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Las empresas tendrán hasta el 1 de septiembre para:

Trasladar al personal que estaba bajo el régimen de subcontratación a sus propias nóminas.

Solicitar su ingreso al Repse.

Reconocer los derechos laborales de su plantilla laboral, “incluyendo la antigüedad de los mismos y los riesgos de trabajo terminados, ante las instancias legales correspondientes”, señala el dictamen.

Solicitar al IMSS la asignación del registro patronal que le corresponde como empresa de prestación de servicios u obras especializadas.

Empezar a entregarle al IMSS copia del contrato en el que incluya la denominación o razón social, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y una lista de su personal. Posteriormente, actualizará esa información cada cuatro meses, a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre.

En esa fecha entrarán en vigor las disposiciones fiscales de la reforma que impiden acreditar y deducir del ISR y el IVA los gastos asociados al pago de contratos por subcontratación laboral, además de tipificarse esta actividad como defraudación fiscal.