Por unanimidad se autorizó también la creación de un parque urbano en la zona centro, mediante un comodato a favor de Grupo Pando (Santo Tomás)
Por: Marco FLORES / HIPTEX
ENSENADA.- En sesión a puerta cerrada por la presencia de decenas de manifestantes, con 11 votos a favor y cuatro abstenciones, el cabildo del XXII Ayuntamiento aprobó la creación del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo para el Programa Sectorial del Desarrollo Urbano- Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Municipio de Ensenada, Baja California.
Tras varios años de que no se había podido lograr la creación de dicho reglamento, el alcalde Marco Novelo y los regidores aprobaron este instrumento que vendrá a fortalecer la vocación del valle vitivinícola más importante del país.
El dictamen 001/2019 de las comisiones conjuntas de Gobernación y Legislación, la de Desarrollo Urbano y la de Desarrollo Regional Sustentable y Delegaciones, presentado por el regidor Ricardo Medina Fierro, establece que el Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico Oficial del Estado de Baja California.
También que, por única ocasión, en el término que no exceda de 30 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, el presidente municipal deberá convocar a la instalación y recepción de nombramiento de representantes de los organismos ciudadanos, así como la elección del Representante Ciudadano la Comisión.
Dentro del término de 90 días hábiles a partir de la Conformación de la Comisión, esta deberá de crear su Reglamento Interior. Los propietarios de predios que previo a la publicación del presente Reglamento cuenten con construcciones o actividades que contravengan lo establecido en la zonificación y usos de suelo del Programa y artículos del Reglamento, dispondrán de un periodo de 90 días naturales una vez publicado el presente Reglamento para notificar su situación a la Dirección de Administración Urbana, Ecología y Medio Ambiente ingresando a su vez el trámite correspondiente de Factibilidad de Uso de Suelo.
Dicha dependencia podrá orientar a los propietarios de dichos predios, de tal manera que regularicen su situación y cumplir con los parámetros para coadyuvar con los objetivos del programa y no ser considerados como infractores.
Una vez transcurrido el plazo señalado, los propietarios de cualquier predio que no hayan notificado su situación a la Dirección y se encuentre en incumplimiento a lo señalado por el Reglamento, serán sancionados conforme a las disposiciones aplicables, sin posibilidad de acceder a la regularización prevista en el presente artículo transitorio.
La lista de predios en proceso de regularización que conforme al presente artículo hayan accedido antes del término señalado a los beneficios, será compartida a la Comisión una vez transcurridos los 90 días, con el objetivo de transparentar el número de predios que se encuentren en proceso de cumplimiento.
Las autorizaciones, licencias o permisos que la autoridad correspondiente haya emitido previo a la publicación del presente reglamento, serán sujetas a lo establecido en los ordenamientos jurídicos competentes.
APRUEBAN PARQUE URBANO
Por otra, parte, el Pleno de Cabildo aprobó por unanimidad de los ediles, la creación de un parque urbano en la avenida Miramar entre calles 6 y 7 de ciudad de Ensenada.
El dictamen de las comisiones conjuntas de Hacienda y Patrimonio Municipal y la de Desarrollo Urbano presentado por el edil Orlando Toscano Montaño, señala que se aprueba la desincorporación del dominio público e incorporación al régimen del dominio privado el bien inmueble ubicado en avenida Miramar entre las Calles 6 y 7, manzana 49 y 52, con clave catastral SP-000-003 con una superficie de 2,500 metros cuadrados de la sección primera de este municipio de Ensenada.
También establece que se aprueba por el XXII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California autorizar el otorgar en comodato a favor de la Fundación Grupo Pando A.C., por tiempo determinado que se especifique en el contrato, por 15 años respecto del bien citado en los Puntos Resolutivos que anteceden, prorrogables a su vencimiento y previa solicitud del Comodatario.
Además, contempla la autorización del cambio de uso de suelo de equipamiento para la Construcción de Plaza Santo Tomás a cargo de la Fundación Grupo Pando A.C., debiéndose realizar los trámites y pagos correspondientes a cargo de la persona moral referida.
Se instruyó a la Dirección Jurídica del Ayuntamiento para que elabore el Contrato de Comodato correspondiente, sujetándose a los lineamientos generales del derecho, a las leyes y códigos civiles y de derecho administrativo aplicables, en la inteligencia que el contrato deberá dentro de sus Cláusulas al menos 42 condicionantes, entre las que destacan que en caso de incumplirlas el Ayuntamiento podrá dar marcha atrás al comodato mediante acuerdo de Cabildo y que en ningún momento habrá indemnización a la fundación.
Se obliga al solicitante Fundación Grupo Pando, A.C., que al menos 30 días naturales previos al inicio de los trabajos de construcción de la Plaza Santo Tomás y el respectivo cierre de la vialidad, difunda el proyecto en los medios masivos de información tradicionales como periódico, radio y televisión, así como por medio de las redes sociales.
De igual forma, deberá de instalar un anuncio lo suficientemente visible en las esquinas de las Calles 6 y 7 esquina con la Avenida Miramar, en donde de igual manera informe a los ciudadanos sobre la fecha de inicio de las obras respectivas.
La Dirección de Relaciones Públicas y Comunicación Social del Ayuntamiento deberá diseñar e implementar de inmediato una campaña informativa sobre el contenido del presente Dictamen, en donde se explique la finalidad de la construcción de la Plaza Santo Tomás y exalte su sentido público, gratuito y de acceso libre, contenido que independientemente de su difusión en los medios tradicionales y en redes sociales.
Deberá de permanecer por lo menos hasta que se concluya la construcción de la misma, en un espacio dentro de la página oficial del Ayuntamiento y deberá de hacer las gestiones ante las entidades paramunicipales para que hagan lo propio en sus sitios electrónicos.