Profepa sancionó con la clausura total temporal a Sinyl Industry de Tijuana.

TIJUANA.- Por el irregular manejo de residuos peligrosos, contravenir la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso la clausura total temporal al área de producción de la empresa SINIL INDUSTRY S.A. DE C.V., ubicada en esta ciudad,

En visita de inspección, el personal actuante de la PROFEPA  también aseguró precautoriamente 492 toneladas de residuos peligrosos, ubicados fuera del almacén temporal de Residuos Peligrosos, a la intemperie y sobre suelo de tierra natural.

Dichos residuos, constataron los inspectores, indican como generador dos plantas con la misma razón social, pero con domicilios diferentes, sin contar con autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para el acopio y/o almacenamiento de Residuos Peligrosos provenientes de otra planta.

Asimismo se observó una planta de tratamiento de aguas residuales, que se encuentra en protocolo de pruebas y, a decir del inspeccionado, para ello utilizan el residuo peligroso denominado Agua con Tinta, sin contar tampoco con la autorización requerida de la SEMARNAT.

Durante la diligencia se verificó que la empresa no cuenta con ningún dispositivo para contener posibles derrames, como son muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados.

Tampoco se tienen señalamientos y/o letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles; asimismo se carece de sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados, como lo establece la normatividad en la materia.

Cabe precisar que la empresa no considera tampoco la incompatibilidad de los residuos peligrosos almacenados conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-054-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

Los materiales peligrosos asegurados constan de 450 totes de plástico con armazón de aluminio de capacidad de mil litros conteniendo agua con tinta, 56 tambos vacíos de metal de 200 litros que contuvieron material peligroso, 11 tibores vacíos de plástico de 20 litros de capacidad que contuvieron material peligroso, 8 totes de plástico con armazón de aluminio con capacidad de 1,000 litros con lodos de tinta.

Además de 24 totes de plástico con armazón de aluminio con capacidad de 1,000 litros con goma residual, 3 totes de plástico con armazón de aluminio con capacidad de 1000 litros conteniendo mezcla de solventes, 6 totes de plástico con armazón de aluminio con capacidad de 1000 litros conteniendo purga de compresor entre otros.

La empresa tampoco cuenta con sus bitácoras de generación de residuos peligrosos, constataron los inspectores de la PROFEPA.

Las medidas de seguridad impuestas se mantendrán en tanto la empresa presente evidencia de que el área de Almacén de Residuos Peligrosos cumpla con los requisitos y medidas de seguridad que señala el artículo 82 del Reglamento de la LGPGIR; realice la clasificación, identificación y envasado de los residuos peligrosos, y el retiro de los residuos asegurados a través de empresas transportistas y destinatarias autorizadas por la SEMARNAT así como presentar las Autorizaciones necesarias para su operación.