Comisión Estatal de Derechos Humanos le solicita esquema integrado, a manera de programa integral de rehabilitaciones a favor de todas las víctimas del caso.

Redacción/ HIPTEX

TIJUANA.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDH BC) emitió la Recomendación 10/2019 dirigida al Ayuntamiento de Tijuana y a la Secretaría de Salud del Estado por el caso de Lomas del Rubí, donde decenas de familias perdieron sus viviendas al desplomarse éstas durante trabajos de construcción del fraccionamiento Valle del Pedregal de 455 casas.

En la argumentación de la recomendación, la CEDH atribuye responsabilidad por negligencia a la Dirección de Administración Urbana (DAU), durante las fases previas a los eventos de enero y febrero de 2018, cuando comenzaron a resquebrajarse y se desplomaron las viviendas de Lomas del Rubí.

Además, solicita al Ayuntamiento y a la Secretaría de Salud del Estado acatar puntos recomendatorios en favor de las víctimas, tanto de su salud como de la recuperación de sus pertenencias.

Recuerda que en su momento la Secretaría de Salud del Estado respondió en sentido negativo a la solicitud de brindar medidas cautelares a favor de vecinos de la colonia Lomas del Rubí, que se encontraban en huelga de hambre.

En el documento, la Comisión Estatal de Derechos Humanos establece que las autoridades en conjunto, y particularmente la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Tijuana, deberán adoptar las medidas necesarias “para que, una vez deslindadas responsabilidades y agotados los procesos legales que se hayan instaurado o se instauren con motivo del presente caso”, las víctimas puedan recuperar los bienes muebles e inmuebles perdidos con motivo de los hechos, o en su caso, se les indemnice por parte de quien en los procesos resulte responsable.

Agrega que la rehabilitación de las víctimas debe ser integral; incluir los aspectos médicos, psicológicos, jurídicos y sociales que se precisan a fin de que las víctimas superen de manera efectiva su condición de victimidad.

Deberán adoptarse en un esquema integrado, a manera de programa integral de rehabilitaciones a favor de todas las víctimas afectadas por los hechos, mismo que deberá contemplar: medidas de atención médica, psicológica y psiquiátrica gratuitas y especializadas.

Deberá otorgar a aquellas que se encuentren cursando estudios de educación obligatoria,  becas completas de estudio, uniformes, útiles escolares y demás apoyos educativos para garantizar que continúen sus estudios en las instituciones públicas que las víctimas y sus representantes legales prefieran, acota.

Menciona que el Ayuntamiento deberá continuar y redoblar las acciones de patrullaje y vigilancia, a fin de evitar la continuación de los robos que las víctimas han denunciado que se verifican o se dieron en su oportunidad, en la zona afectada.

Durante 16 meses, la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha documentado los hechos a través del acopio de un voluminoso expediente de documentales públicos, pero también de entrevistas con residentes afectados y con autoridades.

Ha estudiado diversos dictámenes periciales, uno de ellos elaborado por peritos adscritos a la CEDHBC, explica.

Recuerda que el asunto se encuentra en investigación tanto en lo penal como en lo administrativo y que las autoridades competentes elaboran conforme a sus propias reglas procesales y a sus respectivos expedientes y experticias, una resolución que se pronuncie sobre la responsabilidad en torno a los hechos por los que perdieron su patrimonio decenas de familias.

Aclara que por eso la Recomendación de la CEDHBC se pronuncia exclusivamente sobre las responsabilidades que se advierten en materia de violaciones de derechos humanos, sin prejuzgar sobre la responsabilidad de los actores involucrados.

No obstante, afirma que “se documentaron numerosas inconsistencias, omisiones y actuaciones negligentes que son innegables por parte de los responsables de la obra, así como de su inspección y revisión”.

A continuación un fragmento textual: “del análisis lógico-jurídico de las evidencias del expediente CEDHBC/TIJ/Q/88/18/4VG, la CEDHBC halla suficientes elementos para acreditar “que las autoridades señaladas como responsables vulneraron los derechos a la vivienda adecuada, al trato digno y a la protección de la vida, la integridad y el patrimonio, todos ellos en relación con la obligación de prevenir las violaciones de derechos humanos, en agravio de las víctimas del caso por parte de las autoridades responsables en atención a las siguientes consideraciones:

En el presente caso, la autoridad encargada de la autorización de licencias y permisos para la urbanización del Desarrollo Valle del Pedregal, consistente en personal diverso adscrito a la Dirección de Administración Urbana (DAU), durante las fases previas a los eventos de enero y febrero de 2018, incurrió en responsabilidad por negligencia; a juicio la CEDHBC adoptó criterios que si bien no eran ilegales, sí eran imprudentes y llevaron al límite de los extremos normativos posibles la viabilidad de construcción de la obra, con los conocidos resultados de impacto negativo a los derechos de las personas afectadas”.



“El Plano E-26 Vulnerabilidad establece que el polígono analizado se encuentra en un subsector zonificado con vulnerabilidad Muy Alta”.



“Los riesgos preexistentes y notorios, de los que se tenía conocimiento no sólo del riesgo, sino de una situación actual de desplazamiento de tierra desde una década antes de la autorización, debieron ser motivo suficiente para la emisión de dictamen en sentido negativo por el alto riesgo que involucraba el proyecto, indistintamente de las condiciones que se impusieran a los responsables de su ejecución”. (lgs)