Las Leyes

Aprueban venta de bebidas alcohólicas en cines y teatros

La reforma permitirá que cines, teatros y espectáculos puedan ofrecer este tipo de bebidas bajo reglas que garanticen un consumo responsable


Diputado Jaime Cantón precisa que esta actualización no es una autorización abierta. Diputado Jaime Cantón precisa que esta actualización no es una autorización abierta.

16 de enero de 2026

POR: Hiptex

MEXICALI.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó el Dictamen número 1 de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, mediante el cual se avala una reforma a la Ley para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California, derivada de una iniciativa presentada por el diputado Jaime Cantón Rocha.
La reforma permitirá que cines, teatros y espectáculos puedan ofrecer este tipo de bebidas, siempre bajo reglas que garanticen un consumo responsable, por lo que el inicialista precisó también que esta actualización no es una autorización abierta o indiscriminada, ya que los establecimientos deberán cumplir estrictamente con los requisitos establecidos en la ley vigente, en materia de seguridad, interés social, zonificación y protección a la salud pública.
La iniciativa también reconoce el impacto positivo que esta medida puede generar en sectores productivos locales, particularmente en las empresas dedicadas a la elaboración de vino y cerveza artesanal, así como en los comercios vinculados a la oferta cultural y de entretenimiento.
En ese sentido, se destacó la importancia del papel de las autoridades municipales, quienes deberán establecer las reglas específicas para otorgar permisos, garantizando que las excepciones previstas no sean contrarias a los principios y objetivos de la ley.
La comisión dictaminadora coincidió con el diagnóstico y propuesta del diputado Cantón Rocha, ya que no contraviene a las disposiciones legales, sino que las complementa y fortalece, al facultar a los ayuntamientos para regular la venta de bebidas alcohólicas en estos espacios, atendiendo las particularidades y necesidades de cada municipio.
Por lo que fue aprobada la reforma al artículo 23, fracción IV de la Ley para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California, para quedar como sigue: “para los permisos al interior del área de proyección de cines, de teatros o de sitios para espectáculos similares, la autoridad municipal deberá reglamentar las causas de excepción, las cuales no deberán ser contrarias a lo estipulado por el artículo 2 fracción IV de la presente Ley”.


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