Las Leyes
Necesario garantizar contacto diario a mujeres bajo medidas de protección: diputada Maythé Méndez
“Debemos mejorar el seguimiento institucional para salvaguardar la integridad de las mujeres en situación de violencia”, inicialista
Propone contacto directo y continuo con la víctima durante los primeros días posteriores a la emisión de medidas de protección.
MEXICALI.- Para establecer el seguimiento y contacto diario con la víctima mujer por parte de la autoridad que emita las medidas u órdenes de protección, la legisladora María Teresa Méndez Vélez presentó iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California.
La inicialista expuso como antecedente la incorporación de las órdenes de protección en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en 2007, destacando su carácter innovador como mecanismo urgente para salvaguardar a mujeres víctimas ante riesgos de violencia.
Estas medidas permiten actuar sin trámites excesivos para prevenir, detener o evitar nuevos actos violentos. Asimismo, señaló que en Baja California se replicó este enfoque mediante la ley estatal publicada en 2008, la cual estableció procedimientos específicos para emitir, dar seguimiento y concluir dichas órdenes, fortaleciendo la protección local con base en la norma nacional.
“La vigilancia activa es una obligación del Estado mientras subsistan los efectos de las órdenes de protección”, afirmó la diputada. La propuesta busca fortalecer el cumplimiento de estas medidas, permitiendo a las autoridades verificar su efectividad y prevenir nuevas agresiones.
La reforma contempla que el contacto directo se realice durante los primeros días posteriores a su otorgamiento, además de incluir un plan de seguimiento personalizado, basado en la valoración del riesgo y el avance en la carpeta de investigación.
“Debemos mejorar el seguimiento institucional para salvaguardar la integridad de las mujeres en situación de violencia”, subrayó Maythé Méndez.
Como medida complementaria, se establece la obligación de llevar un registro oficial de los contactos realizados con la víctima, reforzando así la coordinación entre autoridades administrativas, jurisdiccionales y ministeriales en la protección efectiva de las mujeres.
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