Las Leyes

Proponen reforma para que se tipifique el delito de fraude a cajas de ahorro

“No es posible que el dinero de cientos de personas que tienen toda una vida de trabajo y esfuerzo, se pierda tan fácilmente”: Legisladora


Beneficiará a trabajadores del estado y propone que sea castigado con una pena de 6 a 12 años de prisión, y multa de 600 a 1200 umas. Beneficiará a trabajadores del estado y propone que sea castigado con una pena de 6 a 12 años de prisión, y multa de 600 a 1200 umas.

16 de abril de 2025

POR: Hiptex

MEXICALI.- Con el objeto de tipificar el delito de fraude a Cajas de Ahorro, la Diputada Dunnia Montserrat Murillo López, presentó una Iniciativa de reforma al Código Penal de Baja California.
En su exposición de motivos, señaló diversos casos, como el de Baja California, citando la Caja de Ahorro Magisterial A. C., la cual fue contra maestros y trabajadores de la educación, la mayoría jubilados que le entregaron a CAMAC el finiquito de sus años de servicio.
Añadió la Legisladora de Morena que, desde 2014 esta caja dejó de entregar las regalías de manera anual a los aportantes, además de su capital, por lo que le exigieron su dinero.
La legisladora de Morena indicó que, ante esta situación el fin de su enmienda es castigar a los responsables de cometer estos ilícitos, “debido que no es posible que el dinero de cientos de personas que tienen toda una vida de trabajo y esfuerzo, se pierda tan fácilmente”.
“Buscamos que sean protegidos por la ley, y con ello sean menos los casos de despojo, robo y fraude a cajas de ahorros de los trabajadores en el Estado. Así mismo que esto sea un parteaguas, para que, en otras Entidades, de igual manera lo lleven a cabo, para que disminuyan en el país”, enfatizó.
Esto, tomando en cuenta únicamente las SOCAP de nivel básico, que, al no contar con un fondo de ahorro por la Ley, se castigue con la ley penal a los responsables y paguen con sus bienes, lo que sustraen o usan, sin el consentimiento de los ahorradores.
Por tales motivos, propuso que se adicione el artículo 222 Ter del Código Penal del Estado, para que quede como sigue: Comete el delito de fraude a caja de ahorro, quien administre una caja de ahorro y no cumpla en el tiempo específico con los pagos del capital total y los intereses pactados a los integrantes de esta; de igual manera a quien se apropie del dinero de las aportaciones de los integrantes sin el consentimiento de ellos.
El delito de fraude a cajas de ahorro será castigado con una pena de 6 a 12 años de prisión, y multa de 600 a 1200 umas.


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