El problema es que la ley no fundamenta un mecanismo para que el impuesto sea pagado, ni por el trabajador ni por el patrón, lo que coloca a estos contribuyentes en una situación de incertidumbre jurídica

TIJUANA.- El salario mínimo está protegido constitucionalmente de manera que no se le pueden efectuar descuentos, inclusive, la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) establece que no se debe hacer retención del impuesto al salario mínimo.

Lo anterior lo señaló el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien aclaró que no se debe confundir al trabajador con una exención, ya que esto se debe a que el salario mínimo no está exento de impuesto, sólo tiene una prohibición para su retención por parte del patrón.

“El problema es que la ley no fundamenta un mecanismo para que el impuesto sea pagado, ni por el trabajador ni por el patrón, lo que coloca a estos contribuyentes en una situación de incertidumbre jurídica”, comentó.

El especialista mencionó que aunque está presente desde 2019, con los salarios mínimos fronterizos, la autoridad no ha tomado cartas en el asunto.

En ese sentido, Pickett Corona explicó que en 2013 se creó un subsidio para el empleo, que hacía que los trabajadores del salario mínimo no solamente no fueran sujetos de retención del ISR, sino que se les entregaba una cantidad en efectivo por concepto de este subsidio.

“Pero se señaló que a partir de 2024 el incremento del salario mínimo llegó a un nivel en el que ya no es posible aplicar el subsidio, lo que representa una problemática que no se había visto en años anteriores, salvo por los salarios mínimos fronterizos, los cuales desde 2019 comenzaron a registrar este fenómeno”, dijo.

De esta forma, el pasado 01 de mayo se publicó un decreto que ofrece la alternativa para los patrones de reemplazar una tabla variable de subsidios establecida en 2013, por una cuota fija mensual.

Dicha cuota, refirió Pickett, sería el 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), aplicable uniformemente a trabajadores cuyos ingresos no excedan los 9,081 pesos mensuales, por lo que para 2024 este subsidio se ubica en 390.12 pesos.

“Podría pensarse que este nuevo subsidio vendría a solucionar el problema de la retención del ISR al salario mínimo, pero no sucedió así, puesto que el subsidio para el empleo 2024 no alcanza a cubrir la totalidad del impuesto causado, por lo que el problema de la retención del ISR a los trabajadores del salario mínimo continúa vigente”, concluyó el abogado fiscalista.