La República

Clasifica Suprema Corte la pornografía como explotación sexual

Hasta 15 años de cárcel a quien produzca, comercie o distribuya pornografía en el país.


La pornografía es considera como explotación sexual por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La pornografía es considera como explotación sexual por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

1 de agosto de 2018

POR: Hiptex

CIUDAD DE MÉXICO.- Hasta 15 años de cárcel podría purgar quien produzca, comercie o distribuya pornografía en México, sancionada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como explotación sexual.

La SCJN avaló un artículo de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, que enumera las formas de explotación de las que una persona puede ser víctima; se trata de la fracción III del artículo 10 de dicha legislación.

El artículo respaldado por la Primera Sala de la Corte remite a otros que describen las modalidades de explotación sexual, como el 15, que establece prisión de cinco a 15 años a quien se beneficie del “comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos de carácter lascivo o sexual, reales o simulados” de manera física o a través de cualquier medio.

Lo anterior, a excepción de cuando el material tenga como fin la divulgación científica, artística o técnica o, en su caso, la educación sexual o reproductiva, para lo que el juez debe solicitar un dictamen pericial para evaluar si la conducta constituye o no explotación sexual.

Organismos de la sociedad civil han manifestado posicionamientos al respecto, como: ¿Y Quién Habla por Mí?, cuya presidenta, Areli Rojas, refirió que la desventaja de este artículo es que se presta a ambigüedad porque existe el riesgo de que los ministerios públicos o jueces lo interpreten mal.

Comentó que si un día en una cadena de WhatsApp llega una imagen de un menor sin ropa y se almacena en los archivos sin intención del usuario, éste puede ser acusado del delito de trata si por alguna razón la autoridad revisa el celular.


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