Con la reforma, “se podrá vender, mantener y recibir el interés correspondiente, a fin de incrementar su liquidez y capacidad financiera”, precisa
CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público aclaró que la reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de capitalización al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), tiene como objetivo permitir que “además de depósitos en efectivo que ya recibe actualmente, pueda recibir, como aportación, ahorros derivados del servicio de la deuda o activos financieros que emite el Gobierno Federal o forman parte de sus activos”.
En un comunicado emitido este Domingo Hacienda señaló que el Fondo de Estabilización “podrá vender, mantener y recibir el interés correspondiente, a fin de incrementar su liquidez y capacidad financiera”. Esto luego de que la oposición difundiera versiones que alertaban que las reservas del ISSSTE, IMSS, Siefores y ahorros para vivienda estarían en riesgo de que el gobierno federal pudiera disponer de ellos de manera discrecional.
“Han abierto en forma muy peligrosa la puerta para disponer de recursos que eran intocables de los fondos de pensión del ISSSTE y del IMSS, de vivienda del Infonavit y del FOVISSSTE, de dinero que está en las Siefores. En la Comisión de Presupuesto, la gente de Hacienda se negó a precisar un catálogo de fondos de inversión que podrán ser tocados para llenar el Fondo de Estabilización y cuáles no podrían ser considerados”, acusó el diputado Héctor Saúl Téllez, del PAN.
Ante los señalamientos de este tipo, la Secretaría de Hacienda emitió una serie de aclaraciones, como que el Fondo de Estabilización tendrá “dos fuentes de ingresos adicionales a las ya existentes para capitalizar al FEIP y que ésta o cualquier administración en el futuro disponga de recursos suficientes para amortiguar caídas en los ingresos presupuestarios y un mecanismo para capitalizar este fondo de forma más rápida, si así lo decide”.
“Las transferencias de activos financieros del Gobierno Federal se darían cuando la Secretaría de Hacienda identifique que existe un mejor resultado con respecto al balance financiero aprobado hacia los últimos días del año en curso, tal que por motivos de tiempo no sea posible reasignar. Este ahorro o remanente ya se ha materializado en el pasado por motivos no anticipados debido a subejercicios del gasto o ingresos adicionales, que terminan aumentando las disponibilidades de caja en la Tesorería de la Federación”, abundó.
La iniciativa promovida por la Secretaría de Hacienda ante la Cámara de Diputados pretende utilizar este remanente de recursos para capitalizar al FEIP. “La ley permitirá que el Gobierno Federal deposite activos financieros del propio Gobierno en el FEIP, ya sea efectivo o algún otro instrumento financiero. De este modo, se podrá aprovechar la capacidad de emisión del Gobierno, ya que actualmente no es posible depositar otros activos que no sean efectivo”.
En esta operación, añadió Hacienda, seguirá aplicando la normatividad de la Administración Pública Federal y aquella sobre las Empresas Productivas del Estado y las Entidades Paraestatales. “A saber, la Secretaría de Hacienda no podrá, bajo ningún caso, exceder el techo de endeudamiento aprobado por el Congreso de la Unión y se deberá contribuir al equilibrio presupuestario; no podrá utilizar activos financieros de las empresas públicas u otros organismos para este fin”.
“De ninguna manera significa que el Gobierno sustraiga activos de otras tesorerías o reservas del sector público, ya que únicamente se regulan los activos de la Tesorería de la Federación que maneja el Gobierno Federal. El FEIP es un fideicomiso de la Administración Pública Central a cargo de la Secretaría de Hacienda. Por tanto, sus recursos provienen exclusivamente de aportaciones del Gobierno Federal.
“La reforma no tiene ninguna relación con el gasto público, como algunos han interpretado erróneamente, generando confusión en la opinión pública. De este modo, los fondos de ahorro para el retiro, reservas del IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, bonos de pensiones y acciones de las Siefores no aplican para esta ley, ya que estos recursos los amparan los fines previstos en la legislación correspondiente a estas entidades, y la modificación sólo comprende el uso de activos del Gobierno Federal”, continúa.
Y cierra: “esta reforma forma parte del cambio que el Gobierno de la República iniciará este mismo año como parte de la instrucción presidencial de quitar riesgos al nuevo gobierno a partir de 2025”.