Para aquellas personas que tienen planeado vender una casa o departamento, es importante que conozcan los trámites y el pago de impuestos que deben realizar ante el SAT
TIJUANA.- Para aquellas personas que tienen planeado vender una casa o departamento, es importante que conozcan la serie de trámites y el pago de impuestos que deben realizar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si no quieren ser sancionados.
Lo anterior lo señaló el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que estos requisitos son de suma importancia para concretar la transacción de forma segura y legal, así como para tener claridad del monto final que se recibirá una vez consumada la venta.
El abogado fiscalista indicó que de acuerdo con el portal del SAT, cuando se obtienen ingresos relacionados a la vivienda, ya sea por venta o arrendamiento de inmuebles, se debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
“El impuesto por Enajenación de Inmuebles dependerá del valor con el que se haya vendido la propiedad y se aplica sobre los ingresos que aumentan el patrimonio de las personas, ya sean físicas o morales”, apuntó.
El monto del impuesto a pagar tras la venta de una casa no es fijo, detalló, por lo que se deben considerar factores como las características del inmueble y el ingreso generado por la venta.
Asimismo, agregó Pickett Corona, el contribuyente y su calidad fiscal, si la persona que vende es un extranjero, o bien un mexicano que reside en el extranjero, a quien se cobrará un 35% de impuesto sobre el precio de venta.
“Quien realiza la venta debe acudir con un notario público y/o con un abogado fiscalista especializado, para determinar con precisión el monto de impuestos a pagar”, destacó.
En algunos casos se puede exentar el pago del ISR al SAT, dijo, pero se deben cumplir ciertas condiciones como el no haber vendido otro inmueble durante los tres años anteriores, y que sea un inmueble con un valor menor a 700 mil Unidades de Inversión, equivalente a 5 millones 225 mil 861 millones de pesos.
“Si la propiedad excede el valor límite de Unidades de Inversión, será necesario pagar el ISR, sin embargo, se podrán ingresar deducibles al mismo, con la finalidad de disminuir la cantidad a pagar”, expuso.
También deben tomarse en cuenta los honorarios notariales, donde es indispensable la factura por parte del notario; y las comisiones, por ejemplo, el monto de comisión del agente de bienes raíces que hizo la venta.
Por último, el abogado fiscalista refirió que además del impuesto, la persona que vende una propiedad debe saber sobre otros gastos implicados en el proceso de compra-venta, como lo es el pago de las deudas pendientes relacionadas con el inmueble, además que si no se cuenta con la escritura con sellos del Registro Público en original, se deberá tramitar y pagarla.