Con cuatro votos a favor y dos en contra, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó que Jaime Bonilla Valdez pueda volver a su escaño en el Senado, al considerar que el PAN a nivel local carecía de legitimidad para impugnar este acto
CIUDAD DE MÉXICO.- En una votación dividida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó que Jaime Bonilla Valdez pueda volver a su escaño en el Senado, al considerar que el PAN a nivel local carecía de legitimidad para impugnar este acto.
El proyecto fue aprobado con los votos a favor de José Luis Vargas, Mónica Soto, Indalfer Infante y Felipe Fuentes, en tanto que los magistrados Felipe de la Mata y Janine Otálora votaron en contra. Además, estuvo ausente el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón.
Al presentar su proyecto, el magistrado José Luis Vargas Valdés explicó que, por ejemplo, un presidente municipal no tiene legitimidad para impugnar una cuestión relacionada con una representación federal, toda vez que no tiene un interés directo.
“Les propongo estimar que la Sala Guadalajara realizó una interpretación indebida de dicho requisito de legitimación y determinó analizar incorrectamente el fondo del asunto porque, aún cuando advirtió que la demanda se suscribió por un dirigente local del PAN y la controversia era del orden federal, estimó que bastaba que el asunto se relacionara con el derecho al voto de la ciudadanía de Baja California”, apuntó.
En mayo, la Sala Guadalajara del TEPJF revocó la reincorporación de Bonilla al concluir su mandato como gobernador de Baja California, al considerar que existe un impedimento legal para que un legislador que solicite licencia para asumir otro cargo, retome su lugar una vez que terminó su periodo en ese puesto.
Al respecto, el magistrado Felipe de la Mata consideró que Jaime Bonilla no debe volver a su escaño en el Senado porque existe un impedimento constitucional que prohíbe que una persona ejerza dos cargos de elección popular.
“Considerar lo contrario, esto es, suponer que el recurrente aún ostentaba el cargo del senador cuando fue gobernador, pudo implicar que en su momento pudiera alternar entre ejercer uno y otro cargo, lo que impide el artículo 125 de la Constitución”, subrayó.
“Este asunto es relevante y trascendente porque presenta una situación muy particular, consistente en si una persona que solicitó licencia como senador y después opta por la gubernatura, puede solicitar la reincorporación a su escaño. Sobre este tema, se requiere un criterio para futuros casos y, con ello, se oriente a los tribunales electorales en la manera de cómo resolver”, manifestó el magistrado.
En el mismo sentido, la magistrada Janine Otálora advirtió que reconocer que Jaime Bonilla sigue siendo senador “implicaría la posibilidad de alternar indefinidamente dos cargos de elección sin que exista autorización jurídica para ello, ya que tal situación rompería con el sistema de participación y representación democrática efectiva en detrimento de la ciudadanía”.
En favor del proyecto, el magistrado Indalfer Infante señaló que el comité ejecutivo estatal del PAN no tenía competencia para impugnar la permanencia de Jaime Bonilla del Senado.
Por su parte, la magistrada Mónica Soto reconoció que los partidos políticos como entidades de interés público están facultados para controvertir todo acto de autoridad, incluso aquellos que no afecten su esfera jurídica de derechos.
Sin embargo, en este caso consideró que el líder panista carecía de una representación suficiente para actuar en nombre del partido.