Para cumplir con una atención eficiente y eficaz al momento de brindar una atención médica pre hospitalaria en la entidad

MEXICALI.- Con el objetivo de que se cumpla con una atención eficiente y eficaz al momento de brindar una atención médica pre hospitalaria en la entidad, la diputada Santa Alejandrina Corral Quintero, presentó iniciativa que adiciona el capítulo IV "Del Centro Regulador de Urgencias Médicas", así como los artículos 66-BIS, 66-TER, 66-QUATER, 66-QUINQUIES y 66-SEXTIES en la Ley de Salud pública para el Estado.

Recordó que desde el 23 de septiembre del 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la NOM-034-SSA3-2013, donde se establecen los criterios mínimos que se deben cumplir al momento de prestar una atención médica pre hospitalaria, las características principales del equipamiento e insumos de las ambulancias, la formación académica que debe tener el personal que presta el servicio en estas unidades, y ordena la creación del Centro Regulador de Urgencias Médicas (C.R.U.M.).

La diputada panista indicó que en Baja California no existe un Centro Regulador a nivel estatal, sólo funciona un Centro Regulador de Urgencias Médicas en el municipio de Tijuana, sin embargo, no está regulado en ninguna norma estatal, por lo que las personas que ahí prestan sus servicios son un conjunto de diversas asociaciones como la Cruz Roja Mexicana, Bomberos y grupos voluntarios.

De igual manera, explicó que “la iniciativa tiene como objetivo establecer en la Ley de Salud Pública para el Estado, la implementación y regulación del Centro Regulador de Urgencias Médicas, al ser la instancia técnico-médico-administrativa, responsabilidad de la Secretaría de Salud Estatal, que establece la secuencia de las actividades específicas para la atención en el sitio del evento crítico, el traslado y la recepción en el centro de salud, con la finalidad de brindar atención médica oportuna y especializada de manera permanente y en el momento que se requiera”.