En la página www.bajacalifornia.gob.mx/regularizacionbc, creada por la Secretaría de Hacienda, se puede encontrar toda la información
MEXICALI.- Ante la proliferación de páginas en redes sociales que prometen agilizar el trámite de la regularización de autos usados de procedencia extranjera, se invita a las y los ciudadanos a no hacer uso de ese tipo de servicios, comentó Gustavo Santos Hernández Valenzuela, director del Servicio de Administración Tributaria de Baja California (SAT BC).
Dijo que se han detectado anuncios de negocios de tramitadores que piden dinero para acelerar el proceso de la regularización de autos e incluso algunos de ellos afirman realizar el trámite a pesar de que los ciudadanos no poseen el título del vehículo.
Hernández Valenzuela recalcó que el proceso para la regularización de autos usados de procedencia extranjera es personal y se puede llevar a cabo de manera fácil en la página www.bajacalifornia.gob.mx/regularizacionbc
El funcionario resaltó que en dicha página se encuentra una sección de preguntas frecuentes, en donde se localiza una guía para poder realizar el trámite paso a paso, sin que se necesite recurrir a terceras personas.
Sostuvo que en la página www.bajacalifornia.gob.mx/regularizacionbc, creada por la Secretaría de Hacienda, se puede encontrar toda la información necesaria como: requisitos, pasos del trámite, ubicaciones de módulos del Registro Público Vehicular (REPUVE) y hasta los formatos necesarios para completarlo.
El director del SAT BC añadió que para empezar con el procedimiento se debe obtener un espacio de atención, el cual se otorga de forma gratuita en la página mencionada, dentro de la sección inicial titulada: Agenda una cita, que al dar clic abrirá el enlace del Gobierno de México en el que se solicita la Clave Única de Registro de Población (CURP) para iniciar el trámite.
Cuando se obtenga la cita, la persona interesada deberá acudir al módulo del REPUVE de su localidad, con todos los documentos originales necesarios como: identificación oficial, comprobante de pago del trámite, licencia de conducir vigente, comprobante de domicilio, título o factura original del vehículo, que el vehículo haya ingresado al país antes del 19 de octubre del año 2021, como especifica el Decreto.
Agregó que también se debe de llevar al módulo REPUVE, la Carta de Manifestación de decir la verdad, en la que se especifica que el vehículo no está relacionado a un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal debidamente registrado.