Ante las sanciones y amenazas que ejerce la autoridad fiscal para incrementar su recaudación, hay alternativas para evitar ser multas, o incluso a la prisión preventiva

TIJUANA.- Ante las sanciones y amenazas que ejerce la autoridad fiscal para incrementar su recaudación, los contribuyentes tienen diversas alternativas para evitar ser acreedores a multas, o incluso a la prisión preventiva.

Así lo indicó el Lic. Daniel Ruiz de la Peña Sandoval, socio director de la firma Ruiz de la Peña y Asociados, quien estuvo como invitado en el desayuno virtual de socios del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC), que preside la C.P.C. Yolanda Muñoz Pizaña.

El especialista expuso la charla titulada “Temas Fiscales-Legales”, donde habló sobre las afectaciones que ha ejercido la autoridad estatal en diversas modalidades, con el fin de recaudar ingresos.

“La autoridad tiene diferentes ingresos y formas de recaudar, en este caso, se debe definir la naturaleza de la afectación jurídica patrimonial para saber qué tipo de defensa corresponde y no asustarse de más, sino pensar con la cabeza fría sobre los medios de defensa que se pueden utilizar”, comentó.

Ruiz de la Peña expuso que los actos inconstitucionales que se han registrado por parte del gobierno estatal obedecen a la necesidad de recaudar, principalmente en actos que cometen instancias como la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y las paraestatales de Ensenada y Mexicali.

Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) del estado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con sus multas millonarias a empresas; inconstitucionalidades en cuanto al Impuesto Sobre Nóminas, y las amenazas de prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal.

El expositor señaló que en el caso de los cortes de agua, el contribuyente puede interponer un juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa o un juicio de amparo indirecto, siendo este último la mejor opción, por ser un proceso más rápido.

Recordó que cuando la CESPT comenzó a emitir recibos de agua con cobros exorbitantes, los contribuyentes se vieron afectados en su bolsillo, por lo que en este tipo de situaciones cuentan opciones de defensa como el recurso de inconformidad, un juicio de nulidad, juicio de amparo indirecto, o bien, la consulta de inconformidad con el derecho de petición.

Respecto de las multas que impone la STPS, agregó, el contribuyente puede interponer un juicio contencioso administrativo, un recurso de revocación federal, un juicio contencioso administrativo estatal, recurso de revocación estatal, o un recurso de revisión federal.

En cuanto a la inconstitucionalidad del Impuesto Sobre Nóminas, anotó el Lic. Daniel de la Peña, se puede interponer un amparo que conceda protección para que no se aplique la sobretasa y ello no perjudique la liquidez de las empresas.

El especialista subrayó que la autoridad fiscal estatal también ha ejercido terrorismo fiscal con amenazas de prisión preventiva, sin embargo, aseguró que el artículo 156 constitucional habla de proporcionalidad, donde señala que cada caso se debe analizar y no aplicar de tajo la prisión preventiva.

“Existen muchas otras medidas cautelares, siendo la prisión preventiva la última opción, y la ley indica que se debe aplicar la menos lesiva”, apuntó.

Por su parte, la C.P.C. Yolando Muñoz Pizaña, presidenta del CCPBC, resaltó la importancia de conocer los medios de defensa con que cuenta el contribuyente, ante actos arbitrarios de la autoridad.

“Los contribuyentes deben recurrir a los procedimientos que, por ley, tiene a su alcance, para evitar verse afectados ante este tipo de intransigencias, de ahí la relevancia de estas pláticas que nos aportan mayores conocimientos como asesores, de manera que podamos ofrecer un servicio de calidad como profesionistas”, finalizó.