Es importante identificar si estás obligado o no a presentar tu declaración anual así como la forma de hacerlo adecuadamente
MEXICALI.- A partir de abril del 2022 las personas físicas que se encuentran bajo el régimen de sueldos y salarios, y que hayan efectuado gastos que se consideran deducciones personales de acuerdo a lo señalado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), deberán presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2021. Es importante identificar si se está o no obligado a presentar la declaración anual y cómo llevarlo a cabo correctamente.
De acuerdo con el artículo 150 de la Ley del ISR, no todas las personas físicas que se encuentran en el régimen de sueldos y salarios están obligadas a realizar esta declaración, explicó el Mtro. Enrique Luna Gutiérrez, coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional en CETYS Universidad Campus Mexicali.
Quienes sí deben hacerlo, sin excepción, son las que cumplen con las siguientes condiciones:
- Si obtuvo otros ingresos acumulables, por ejemplo honorarios, por arrendamiento, etc.
- Si durante el año se percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación superiores a 400 mil pesos.
- Aquellos que recibieron ingresos de dos patrones, aún cuando en conjunto no sean mayores a 400 mil pesos
- Si durante el año se percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
- Si se solicitó al patrón por escrito que no presente la declaración anual del colaborador
- Si se dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate
Para los contribuyentes a quienes les corresponde cumplir con la declaración anual existen algunos conceptos que pueden ser deducibles de impuestos por ejemplo:
- Lentes ópticos graduados para corregir la vista
- Gastos de colegiatura propios o de hijos solo hasta nivel bachillerato.
- Honorarios médicos, incluyendo especialidades como psicología, nutrición y odontología.
- Gastos hospitalarios, análisis clínicos y medicinas incluidas en las facturas de hospitales, primas de seguros de gastos médicos mayores.
- Gastos funerarios de un familiar en línea directa.
- Aportaciones voluntarias a planes personales de Retiro (AFORES)
- Intereses reales de créditos hipotecarios
- Donaciones a instituciones autorizadas para recibir donativos
Académico del CETYS recalcó que las deducciones personales conservan su capacidad de deducibilidad si se pagaron con tarjeta de débito, crédito, o de servicios, cheque nominativo del contribuyente o transferencia electrónica; salvo aquellas que la ley indique puedan realizarse por otro método de pago, como son los gastos funerarios de un familiar en línea directa.
Recordó que el objetivo de la declaración anual es que las personas físicas en el régimen de sueldos y salarios que estén obligados paguen el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal inmediato anterior, contemplando debidamente los ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales.
“En caso de existir alguna duda lo más recomendable es acudir con un contador público para recibir la asesoría necesaria antes y durante la presentación de la declaración”, concluyó el académico de CETYS.