La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó este jueves que es inconstitucional que exista una protección “a la vida desde la concepción” en Sinaloa
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que es inconstitucional que exista una protección “a la vida desde la concepción” en Sinaloa.
La resolución de la Corte está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa hecha en 2018, luego de que dicha legislatura aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.
En el proyecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena determinó que esta acción de inconstitucionalidad es procedente.
“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia.
La norma impugnada es abiertamente inconstitucional, pues con el pretexto de definir el comienzo de la protección de la vida humana implícitamente lo que están logrando es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir sobre su propio cuerpo”, dijo el ministro Luis María Aguilar.
La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, es decir, en aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección, si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y pueden ampararse.
Esta decisión ocurre luego de que esta misma semana la Suprema Corte declarara como inconstitucional la penalización total del aborto.