Tijuana

Asume Karla Ruiz, funciones de representación jurídica de Sindicatura

La síndico suplente declinó asumir el cargo por cuestiones de salud


Karla Ruiz, asumirá la representación jurídica de la sindicatura municipal, sólo por el tiempo que dure la licencia de su titular. Karla Ruiz, asumirá la representación jurídica de la sindicatura municipal, sólo por el tiempo que dure la licencia de su titular.

6 de marzo de 2021

POR: Hiptex

TIJUANA.- Con respecto a la solicitud de licencia de la síndica María del Carmen Espinoza del XXIII Ayuntamiento de Tijuana, y debido a que la suplente fue notificada para asumir el cargo, y  declinó por cuestiones de salud, por normatividad la alcaldesa Karla Ruiz, asume la representación jurídica del cargo.
Se informó que basado en el sustento legal y con el fundamento de la Ley de Régimen Municipal en el artículo 8, se establece: Del Síndico Procurador.-  Fracción I Segundo Párrafo En caso de que el Síndico Procurador, por cualquiera de las causas o supuestos enunciados en las normas técnicas o reglamentos que para tal efecto establezcan los propios Ayuntamientos, se encuentre imposibilitado para ejercer la representación jurídica del Ayuntamiento, la podrá ejercer el Presidente Municipal por acuerdo del Ayuntamiento, estando obligado a dar cuenta de su actuación ante el órgano de gobierno municipal.
El último párrafo de este de artículo que se refiere a las atribuciones del síndico establece que:  Las facultades a que se refiere el presente artículo podrán ser ejercidas por el Síndico Procurador o a través de la estructura a su cargo, según lo establezcan los reglamentos municipales correspondientes a cada Ayuntamiento.
Hay un reglamento de sindicatura que indica que en la ausencia temporal de la síndica, las funciones de representación jurídica serán ejercidas por la alcaldesa y será apoyada por los titulares de las áreas de la sindicatura  en los términos de sus reglamento”.
Karla Patricia Ruiz Macfarland asumirá, por acuerdo de Cabildo, únicamente las funciones de Representación Jurídica. Asimismo, al tratarse de una licencia menor a los 30 días, se informa que todas las áreas de Sindicatura deberán continuar brindando todos sus servicios y funciones en estricto apego a la normatividad aplicable del régimen municipal en la entidad de Baja California.


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