Interpretación de jueces los sigue dejando libres, denuncia Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

Redacción/ HIPTEX

TIJUANA.- Pese a la reforma constitucional que castiga con prisión preventiva oficiosa la portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, los presuntos delincuentes que las portan no están terminando siempre en la cárcel, debido a puntos de vista de jueces que esperan las adecuaciones del Poder Legislativo al Código Nacional de Procedimientos Penales para hacer valer la medida.

De un total de 11 intervenciones con 17 detenidos remitidos a la Fiscalía General de la República por portación de armas de fuego de uso exclusivo del ejército, desde el sábado 13 de abril que entró en vigor la medida, sólo tres se judicializaron involucrando a seis personas.

Así lo precisó David Camacho Frausto, director jurídico en la Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

Dijo que lo anterior obedece a un debate interno del Poder Judicial sobre la vigencia de la reforma constitucional al Artículo 19, debido que se establece que en 90 días posteriores a su entrada en vigor, el Poder Legislativo deberá realizar las adecuaciones necesarias al Código Nacional de Procedimientos Penales.

Explicó, por ejemplo, que un juez de turno en fin de semana decidió no aplicar la reforma porque a su consideración necesitan ser existentes las adecuaciones al Código Nacional de Procedimientos Penales.

Así, dos imputados recibieron prisión preventiva oficiosa, pero por posesión de droga, no por arma de fuego y porque elementos de la Policía Ministerial los esperaba para aprehenderlos, narró.

Marco Antonio Sotomayor Amezcua, secretario de Seguridad Pública en Tijuana señaló al respecto que la reforma al artículo 19 no requiere interpretación y planteará los casos ante la Fiscalía General de la República. (lgs)