Que Encuentro Social no haya alcanzado el 3 por ciento de la votación en el 2018, la razón de la improcedencia.

MEXICALI.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de registro del convenio de coalición presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el otrora Partido Político Nacional Encuentro Social (PES), denominada “Ciudadanos con Ley”, y que en el caso de la alcaldía de Tijuana impulsa la candidatura de Julián Leyzaola Pérez.

La declaratoria de improcedencia obedece a que, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Partidos, un convenio de coalición debe contar con la participación de dos o más partidos políticos, en el caso particular de “Ciudadanos con Ley”, solamente cuenta con un solo partido político con registro y acreditación vigente ante este órgano electoral, incumpliendo con el requisito de coaligarse con un partido que tenga la misma situación jurídica, dio a conocer el INE mediante un comunicado.

Se recordó que el Consejo General del INE con la aprobación del dictamen INE/CG1302/2018, declaró la pérdida de registro como Partido Político Nacional a Encuentro Social, en virtud de no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación valida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el 1 de julio de 2018.

Al respecto, Encuentro Social presentó una primera solicitud de registro como partido político local en el mes de septiembre del 2018, por lo que esta autoridad solicitó al Secretario Ejecutivo del INE información relacionada con los recursos interpuesto por el otrora partido político, en contra de su pérdida de registro como partido político nacional.

De ahí que, ante la respuesta brindada por la autoridad electoral federal, en el sentido de que los medios de impugnación interpuestos en contra de la declaratoria de pérdida de registro se encontraban pendientes de resolución por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es que la solicitud de registro como partido político local fue desechada por este Consejo General, por encontrarse fuera del plazo legal, al no haberse resuelto en última instancia su situación jurídica.

En el mismo contexto, en el mes de enero del 2019, el otrora partido político nacional presentó una segunda solicitud de registro como partido político local, con la intención de participar en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, la que fue resuelta por el Consejo General mediante la aprobación del Dictamen Trece de la Comisión, en el que se determinó desechar su solicitud de registro como partido político local, toda vez que los medios de impugnación interpuestos ante el órgano jurisdiccional electoral federal se encontraban pendientes de resolución.

Por lo anterior el Consejo General resolvió la improcedencia de la solicitud de convenio, estableció finalmente.