La Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió la Recomendación General 4/2018 a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, por la violación a derechos humanos de personas privadas de la libertad en los Ceresos de Baja California, donde en materia de salud no se cubre ni el cuadro básico de medicamentos.

Redacción/ HIPTEX

TIJUANA.- Falta de atención médica oportuna y efectiva, sobre todo para personas privadas de la libertad con discapacidad, VIH o enfermedades crónicas, es una de las causas comunes en los Centros de Reinserción Social (Ceresos) de Baja California, que más preocupan a la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Además, una de las razones por las que emitió la Recomendación General 4/2018 dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, por la violación a derechos humanos de personas privadas de la libertad en los Centros de Reinserción Social del Estado.

Lo anterior, como resultado del Diagnóstico Estatal de Supervisión Penitenciaria (DESP) que se lleva a cabo de manera anual.

Otra razón para la recomendación es que la sobrepoblación y hacinamiento continúan en los Ceresos de Mexicali y Tijuana; no obstante, la Recomendación 1/2016 emitida por la CEDHBC en la que se hizo referencia a esta problemática.

“Ambos centros permanecen con las condiciones que atentan contra el derecho humano al trato digno, a la seguridad personal, a la integridad física y en su caso, a la salud, por el eventual contagio que se puede propiciar en los centros, al no reunir las condiciones de control y habitabilidad necesarios para las estancias.

A pesar de la obligación del Estado a través del sistema penitenciario de crear las condiciones para lograr una eficiente reinserción a la sociedad, siendo preocupante los espacios destinados para las personas privadas de la libertad con enfermedades crónico-degenerativas, quienes requieren de estancias dignas y con ciertas especificaciones como lo son la adecuada ventilación.

Al existir sobrepoblación y hacinamiento, dificulta la movilidad para las personas con discapacidad, más aún ante cualquier evento natural como lo es un sismo.

La sobrepoblación que aún persiste en dos centros, es otro de los hechos que motivó la Recomendación General 4/2018, con la pretensión de que las autoridades penitenciarias continúen llevando a cabo los traslados correspondientes para equilibrar los espacios en los Ceresos de Tijuana y Mexicali, y con ello se faciliten las actividades técnicas dirigidas a las personas privadas de la libertad”.

Con referencia al derecho a la salud, la Comisión Estatal asentó que éste se incumple en los Ceresos a pesar del derecho al más alto nivel posible de bienestar físico, mental y social, que incluya, entre otros, la atención médica, psiquiátrica y odontológica adecuada; la disponibilidad permanente de personal médico idóneo e imparcial; el acceso a tratamiento y medicamentos apropiados y gratuitos, “lo cual se observó, no se cumple”.

Frecuentemente, dijo, no se alcanza a cubrir ni el cuadro básico, siendo más puntualizado con personas que viven con VIH/SIDA a quienes no se les proporciona en forma oportuna sus retrovirales o medicamento que requieren.

Además, “las personas que viven con VIH/SIDA continúan siendo estigmatizadas, aún con los avances que ha tenido la medicina respecto a la calidad de vida que pueden tener sometiéndose al tratamiento adecuado; en los ceresos esta estigmatización se acentúa por las limitantes que implica la privación de la libertad, siendo que es una población que por su estado de salud, requiere la atención y vigilancia permanente sobre todo del área médica de los centros.

Como resultado de la aplicación del diagnóstico anual se detectó que las personas privadas de la libertad que afirman tener esta enfermedad, comentan que no se les han hecho los estudios para detectar su nivel de cargas virales para saber si ya es necesario aplicar el tratamiento adecuado, por lo que los centros tendrían que realizar de manera preventiva los estudios de detección correspondientes, en el entendido de que tendrán que ser previa autorización de la población penitenciaria.

Paralelamente a ello, la autoridad en los centros, debe impartir los cursos necesarios, algunos para informar a la persona privada de la libertad que padece esta enfermedad, de los cuidados que debe tener y la importancia de seguir el tratamiento indicado, así como para sensibilizar a la población en general y al personal con la finalidad de evitar la estigmatización, entre otras situaciones que viven las personas que requieren atención prioritaria”. (lgs)